Publicado por & archivado en Noticias.

En el marco de la Conferencia de Prensa realizada por la Dirección General de Aeronáutica Civil – DGAC y BISA SEGUROS Y REASEGUROS, respecto a la vigencia de los seguros correspondientes a la aeronave siniestrada de LAMIA CORPORACIÓN S.R.L. corresponde puntualizar los siguientes aspectos:

  1. Conforme a lo declarado por BISA SEGUROS Y REASEGUROS y de acuerdo a la metodología adoptada por los reaseguradores, se procederá a cubrir las indemnizaciones correspondientes tanto a los familiares de los fallecidos como a los sobrevivientes tripulantes y pasajeros. En ese sentido, se procederá al pago, de manera directa, en el caso de la Póliza de Seguro de Accidentes Personales de Aviación Lloyd s K(A) NMA 2712 Nº 352-2000011-Tripulación (Seguro de Accidentes Personales para la Tripulación); y mediante los reaseguradores en el caso de la Póliza de Seguro de Aeronavegación AVN – 1C – Responsabilidad Civil de Pasajeros Nº 350-2000046, debiéndose contactar los familiares de pasajeros fallecidos o sus representantes al correo electrónico lamia2933@clydeco.com. En consecuencia las indemnizaciones se encuentran garantizadas.
    co
  2. El Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda ratifica que tanto las Pólizas de Seguro de Aeronavegación AVN – 1C- Responsabilidad Civil de Pasajeros como del Seguro de Accidentes Personales para la Tripulación se encontraban vigentes al momento de suscitado el accidente, por lo cual no existe ningún tipo de vulneración normativa, ni contradicción alguna con lo informado anteriormente.
  3. El Estado Boliviano, a través del Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, velará por el cumplimiento de las obligaciones contractuales y legales de todas las instancias públicas y privadas que estén involucradas con el pago de una indemnización oportuna en favor de las familias afectadas por el nefasto accidente, todo en el marco de la normativa
    aeronáutica internacional.

La Paz, 30 de mayo de 2017